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DWI con pasajero menor en Texas

Un DWI con un pasajero menor de 15 años es delito grave aunque sea el primer arresto.

En resumen: Según el Código Penal 49.045, manejar intoxicado con un pasajero menor de 15 años es delito grave de cárcel estatal, con 180 días a 2 años y multa de hasta $10,000. El magistrado generalmente debe ordenar un bloqueador de encendido como condición de fianza (17.441).

¿Qué tiene que probar el Estado?

Que usted manejó en un lugar público estando intoxicado y que llevaba un pasajero menor de 15 años. Cada menor puede ser un cargo aparte.

¿Cuál es la pena?

De 180 días a 2 años en cárcel estatal y multa de hasta $10,000 (Código Penal 12.35). Condenas graves previas pueden subir el rango.

¿Intervendrá CPS?

La policía puede reportar el arresto al Departamento de Servicios para la Familia y de Protección, que puede abrir una investigación aparte. Hable con su abogado antes de dar cualquier declaración.

¿Cuáles son las defensas?

Las mismas de cualquier DWI: la parada, las pruebas de campo, la prueba de aliento o sangre y el video. También se debe probar la edad del menor.

¿Puede haber más de un cargo?

Un caso de DWI con un menor en el carro suele traer otros asuntos: la acusación de manejar intoxicado, una posible investigación por poner en peligro al menor y un reporte al Departamento de Servicios para la Familia y de Protección (DFPS). Cada uno tiene sus propias reglas y conviene manejarlos juntos.

¿Cuenta como un DWI anterior?

Sí. Según el Código Penal 49.09, los delitos de manejar intoxicado incluyen el DWI con un menor. Una condena puede servir para agravar un DWI futuro a Clase A o, con dos anteriores, a delito grave de tercer grado.

¿Qué significa en la práctica un delito grave de cárcel estatal?

La pena es de 180 días a 2 años en una cárcel estatal y multa de hasta $10,000 (Código Penal 12.35). No hay libertad condicional (parole) en una sentencia de cárcel estatal. Muchas veces se puede obtener supervisión comunitaria y, en algunos casos, el juez puede castigarlo como delito menor Clase A (12.44). Vea delito grave de cárcel estatal.

¿Cómo se defienden estos casos?

¿Qué pasa con mis hijos mientras sigue el caso?

Las condiciones de la fianza pueden limitar que maneje con niños, y la investigación de DFPS puede ir por su lado. La custodia se decide en otro tribunal; nosotros nos enfocamos en el caso penal y nos coordinamos con cualquier otro abogado que usted tenga. Guarde copia de todo lo que le entregue la agencia.

¿Qué hago ahora?

¿Dónde se ven estos casos fuera de Dallas?

Atendemos estos casos desde nuestra única oficina, en el centro de Dallas, en los tribunales de 12 condados del norte de Texas. Cada página explica dónde se ven los casos de manejar intoxicado (DWI) y quién los procesa: Dallas, Tarrant, Collin, Denton, Rockwall, Kaufman, Ellis, Johnson, Parker, Wise, Hunt, Navarro.

¿Qué evidencia importa más?

¿Qué otras consecuencias debo esperar?

Un antecedente de delito grave puede afectar el trabajo, la vivienda, las licencias profesionales y el derecho a tener armas. Como el caso involucra a un menor, escuelas, empleadores y juntas de licencias pueden preguntar. El seguro y la licencia de manejo se afectan igual que en cualquier DWI, incluida la suspensión ALR.

¿Hay adjudicación diferida en el DWI con un menor en el carro?

No. El Código de Procedimiento Penal 42A.102 incluye el Código Penal 49.045 entre los delitos en los que el juez no puede dar adjudicación diferida. La supervisión comunitaria regular todavía puede ser posible, y a veces el juez puede castigar un delito grave de cárcel estatal como Clase A según el Código Penal 12.44.

¿Aplica la multa estatal por DWI?

Sí, después de una condena firme. El Código de Transporte 709.001 aplica a los delitos de manejar intoxicado definidos en el Código Penal 49.09, que incluyen el 49.045. La multa es de $3,000 por la primera condena en 36 meses, $4,500 por la segunda o más en 36 meses, o $6,000 con un resultado de 0.15 o más, y la corte debe perdonarla si determina que usted es indigente.

¿Se puede sellar un DWI con menor?

Las leyes especiales de no divulgación para DWI, Código de Gobierno 411.0726, 411.0731 y 411.0736, aplican a delitos del Código Penal 49.04, no al 49.045. Una desestimación, un no-bill o una absolución pueden calificar para expunción según el capítulo 55A del Código de Procedimiento Penal, así que la forma en que termina el caso importa para sus antecedentes.

¿Qué debo reunir de inmediato?

Guarde el aviso de suspensión y los papeles de la fianza, los datos de contacto de CPS si los tiene y los nombres de quienes pueden hablar del cuidado del niño desde el arresto.

¿Cómo empiezo?

La primera consulta es gratis. Es con un Director de Atención al Cliente, no con un abogado. Los clientes que nos contratan trabajan con un abogado. Llame al (214) 880-6293 o escríbanos por chat. Los teléfonos y el chat se atienden las 24 horas, los 7 días, con IA cuando no hay personal disponible.

Última actualización: octubre de 2026

Preguntas frecuentes

¿El DWI con un menor es delito grave en Texas?

Sí. Si el pasajero es menor de 15 años, es delito grave de cárcel estatal (Código Penal 49.045).

¿Tendré que instalar un bloqueador?

Generalmente sí, como condición de fianza, salvo que el magistrado decida que no es en interés de la justicia.

¿El DWI con un menor cuenta como DWI anterior?

Sí. Según el Código Penal 49.09 puede agravar un DWI futuro.

¿Hay parole en una sentencia de cárcel estatal?

No. Pero con frecuencia se puede obtener supervisión comunitaria.

¿Avisarán a CPS?

Con frecuencia sí. La policía puede avisar al Departamento de Servicios para la Familia y de Protección, que hace su propia investigación.

No espere a su fecha de corte para pedir ayuda. Llame al (214) 880-6293.

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