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Posesión con intención de entregar

Un cargo de entrega tiene penas mucho más altas que la posesión simple.

En resumen: En Texas, la posesión con intención de entregar se acusa como fabricación o entrega. En el Grupo 1, menos de 1 gramo es delito grave de cárcel estatal; de 1 a 4 gramos, segundo grado; de 4 a 200 gramos, primer grado; de 200 a 400 gramos, de 10 a 99 años o perpetua; y 400 gramos o más, de 15 a 99 años o perpetua con multa de hasta $250,000 (481.112).

Fabricación o entrega del Grupo 1

CantidadNivel
Menos de 1 gramoCárcel estatal
De 1 a menos de 4 gramosSegundo grado
De 4 a menos de 200 gramosPrimer grado
De 200 a menos de 400 gramosDe 10 a 99 años o perpetua, multa de hasta $100,000
400 gramos o másDe 15 a 99 años o perpetua, multa de hasta $250,000

¿Cómo intenta probar la intención la Fiscalía?

Con empaques, básculas, dinero en efectivo, mensajes o la cantidad. Nada de eso prueba la intención por sí solo, y todo se puede cuestionar.

¿Cuáles son los rangos de entrega de otros grupos?

Fabricación o entrega, Grupos 2, 3 y 4
CantidadGrupo 2 (481.113)Grupo 3 o 4 (481.114)
Menos de 1 gramoCárcel estatalCárcel estatal (menos de 28 g)
De 1 a menos de 4 gramosSegundo gradoCárcel estatal (menos de 28 g)
De 4 a menos de 400 gramos (Grupo 2); de 28 a menos de 200 gramos (Grupos 3 y 4)Primer gradoSegundo grado
De 200 a menos de 400 gramos (Grupos 3 y 4)Primer gradoPrimer grado
400 gramos o másDe 10 a 99 años o perpetua, multa de hasta $100,000De 10 a 99 años o perpetua, multa de hasta $100,000

¿Qué significa "entregar"?

Según el artículo 481.002, "entregar" es transferir a otra persona, de forma real o indirecta, e incluye ofrecer vender. Es decir, se puede acusar de entrega por una oferta de venta aunque no haya pasado la droga de mano.

¿Basta con la oferta de venta?

No por sí sola. La oferta debe estar corroborada por otra persona distinta de quien recibió la oferta, o por evidencia distinta de su declaración (481.183). Ese requisito es un control importante en casos con agentes encubiertos o informantes.

¿Qué evidencia usa la Fiscalía para probar la intención?

Muchas veces hay explicaciones inocentes: el dinero puede venir del trabajo, la báscula puede no tener relación y los mensajes pueden ser ambiguos o de otra persona.

¿Cómo se defienden estos casos?

¿Se puede reducir a simple posesión?

A veces. Si la prueba de la intención es débil, bajar a simple posesión reduce mucho el rango. Vea los rangos de posesión por grupo.

¿Dónde se ven estos casos fuera de Dallas?

Los delitos graves se ven en las cortes de distrito del condado donde supuestamente ocurrió el hecho. Atendemos casos desde nuestra única oficina, en el centro de Dallas, en 12 condados del norte de Texas. Cada página de condado indica el juzgado, la fiscalía y la cárcel: Dallas, Tarrant, Collin, Denton, Rockwall, Kaufman, Ellis, Johnson, Parker, Wise, Hunt, Navarro.

¿Qué pruebas sugieren intención de entregar?

Ninguna prueba por sí sola demuestra la intención, y cada una puede tener una explicación inocente. La defensa revisa cómo se encontró cada cosa y cómo se vincula al acusado.

¿Cómo cambia una zona libre de drogas un cargo de entrega?

El Código de Salud y Seguridad 481.134 aplica a la entrega y a la posesión con intención. En la entrega o posesión con intención de entregar de los Grupos 1, 1-A, 1-B, 2, 3 y 4, y en la entrega de marihuana, un delito que sería de cárcel estatal pasa a tercer grado, y uno de tercer grado pasa a segundo grado, cuando ocurre dentro de 1,000 pies de una universidad, un centro juvenil o un parque de juegos, o dentro de 300 pies de una piscina pública o un local de videojuegos (481.134(b)). Cerca de una escuela o en un autobús escolar, en los delitos de entrega más altos la pena mínima sube cinco años y la multa máxima se duplica (481.134(c)), y una entrega de cárcel estatal pasa a tercer grado (481.134(d)). Como el Estado debe probar el lugar y la distancia, esos datos forman parte de la revisión de la defensa.

¿Puedo recibir adjudicación diferida en un cargo de entrega?

A menudo, pero no siempre. El Código de Procedimiento Penal 42A.102 prohíbe la adjudicación diferida en ciertos casos de drogas, entre ellos un caso agravado por el 481.134(c), (d), (e) o (f) cuando la persona ya tenía una condena agravada por alguna de esas subsecciones. Si la diferida es posible depende del cargo, el peso, la acusación de zona y sus antecedentes.

¿Cuál es la diferencia entre entrega y posesión?

"Entregar" significa transferir, real o implícitamente, a otra persona, e incluye ofrecer vender (Código de Salud y Seguridad 481.002). La posesión con intención no exige que la transferencia haya ocurrido. Un caso acusado como posesión con intención a veces se resuelve como posesión simple cuando la prueba de intención es débil, y eso puede cambiar mucho el nivel. Por ejemplo, de 1 a 4 gramos de una sustancia del Grupo 1 es segundo grado por entrega (481.112) pero tercer grado por posesión (481.115).

¿Cómo empiezo?

La primera consulta es gratis. Es con un Director de Atención al Cliente, no con un abogado. Los clientes que nos contratan trabajan con un abogado. Llame al (214) 880-6293 o escríbanos por chat. Los teléfonos y el chat se atienden las 24 horas, los 7 días, con IA cuando no hay personal disponible.

Última actualización: octubre de 2026

Preguntas frecuentes

¿Es un delito distinto a la posesión?

Sí. Se acusa como fabricación o entrega, con penas mucho más altas.

¿Me pueden acusar de entrega por ofrecer vender?

Sí. Entregar incluye ofrecer vender (481.002), pero la oferta debe estar corroborada (481.183).

¿La posesión con intención siempre es delito grave?

En los Grupos 1 a 4 es por lo menos de cárcel estatal. Algunas entregas pequeñas de marihuana son delitos menores.

¿Tener efectivo y una báscula basta para un cargo de entrega?

Puede llevar a un cargo, pero el Estado debe probar la intención más allá de duda razonable.

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